LIPROFA excluye a Melgarcito de la Joya

LIPROFA excluye a Melgarcito de la Joya

Una vez mas se presenta las irregularidades en la LIPROFA, en la reunión que se desarrolló en las instalaciones de la Liga Provincial de Arequipa, esta vez usurpando funciones que solo competen a la Comisión de Justicia. El Directorio de la LIPROFA excluyó al FBC Melgarcito representante de La Joya, los motivos nada convincentes solo tomando en cuenta en primer lugar el informe del árbitro.

Por otra parte en la Bases Complementarias indica equivocadamente la salida del equipo local de producirse algún tipo de desmanes, equivocada porque si esto se confeccionó en base a la Tercera Disposición de la Bases de la Copa Perú y los artículos 71 al 75 del Reglamento Único de justicia Deportiva de la Federación Peruana de Fútbol no indica la salida, excluir o betar a los equipos participantes, sino al escenario o campo deportivo y a los responsables de dichos actos , pero de ninguna manera a los equipos, tal como dio a conocer en el informe del árbitro donde indica que los jugadores entendieron la suspensión del partido, es mas el equipo local fue el mas afectado.

Recordar que FBC Melgarcito fue obligado a jugar tres partidos en 6 días, osea cada 48 horas por la mala interpretación de los Reglamentos, jugaron el miércoles, viernes y domingo respectivamente.  

Artículo 36 de la Bases Complementarias dice: 

36.- En los escenarios deportivos donde se produzcan desmanes y/o agresiones a las Ternas Arbitrales, el equipo responsable quedará separado automáticamente de lo que queda del torneo; según la Tercera Disposición Final de las Bases de la Copa Perú y en concordancia con la sección 10; Responsabilidad de los clubes (Arts. 71 al 75) del Reglamento Único de Justicia Deportiva de la Federación Peruana de Fútbol y la Directiva Nº 001-LIDEFA 2017 (Punto 5to)

Y según la Tercera Disposición Final de las Bases de la Copa Perú indica claramente que: 

En los escenarios deportivos del sistema Copa Perú, donde se produzcan actos de violencia, vandalismo, sesorden, tumulto, agresión a los árbitros, equipo local y/o visitante, y/o dirigentes serán vetados de oficio por la Liga Deportiva Departamental o Federación Peruana de Fútbol, según corresponda sin perjuicio de ser denunciados los clubes causantes de dichos hechos ante la comisión de Justicia correspondiente en mérito a los informes del árbitro, comisario de campo y autoridad policial responsables de la seguridad debiendo incluso ser separados de oficio del Torneo respectivo. Aquellos que resulten responsables se les aplicará la Ley de seguridad y tranquilidad Pública , el Código Penal y demás Leyes conexas inherentes a la falta cometida. Los autores serán denunciados ante el Ministerio Público para los fines de Ley mientras dure la sanción la Liga Deportiva Departamental o Federación Peruana.

En las Bases Complementarias menciona la concordancia con sección 10 donde no menciona la exclusión del Club en sus artículos (71 al 75), es mas, de ser el caso es la Comisión de Justicia quien debe determinar la sanción correspondiente analizando la circunstancias y situación en que se desarrolló el partido no solamente teniendo en cuenta los informes del Árbitro, el Comisario, presidenta de meza, también de los delegados correspondientes, quienes tienen todo el derecho de ser escuchados tal como lo hicieron en la reunión, donde desmintieron muchos puntos del informe correspondiente de parte de los Árbitros y la incongruencia que existe con los informes del Comisario y la Presidenta de meza.

 

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