Nuevo Decreto permitirá ingreso de banderolas e instrumentos

El pasado viernes 26 de Mayo se creó una modificación al Reglamento de la Ley Nº 30037, aquél que desde el 28 de Junio de 2016 se prohibía instrumentos musicales y banderas a los espectáculos deportivos.

Así también se detalló mejor sobre el uso de ellos y otros elementos que estarían prohíbidos:

  • Usar o ingresar con banderolas, emblemas, pancartas que inciten a conductas discriminatorias, violentas, racistas o xenófobas.
  • Realizar cánticos, expresiones o sonidos que inciten a conductas discriminatorias, violentas, racistas o xenófobas.
  • Usar pintura facial, prendas o accesorios que dificulten la debidad identificación de los espectadores.
  • Introducir o estar en posesión de bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables o corrosivos y dispositivos pirotécnicos.
  • Están prohibidas las concentraciones de barristas e hinchas que no sean aprobadas por “la dependencia encargada de autorizaciones especiales” y que no tengan las garantías del Ministerior del Interior. La PNP está en autorización de disolver dichas agrupaciones.
  • Otras prohibiciones establecidas en la Ley.

Pero aún cuando ya la ley ha sido modificada; falta mucha coordinación entre los clubes, barristas y el ministerio del interior; ya que “los instrumentos musicales, pancartas, papel picado y carteles en apoyo al equipo están permitidos si cuentan con el visto bueno previo de la dependencia encargada de autorizaciones especiales y garantías del Ministerio del Interior, a solicitud del club deportivo profesional correspondiente”.

Finalmente este Decreto Supremo hace al “Club Organizador responsable de los objetos utilizados”, además de que “los organizadores de los espectáculos deportivos no pueden instalar banderolas en los escenarios sin la autorización previa mencionada”.

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