ModificaciĆ³n en la Ley de Deporte
El Gobierno promulgĆ³ la ley NĀ° 30832, que modifica artĆculos de la ley NĀ° 28036, Ley de PromociĆ³n y Desarrollo del Deporte, con el fin de potenciar el talento deportivo, promover y desarrollar el deporte en las escuelas del paĆs y asegurar la integraciĆ³n de las personas con discapacidad en el Sistema Deportivo Nacional (Sisden)
Una de las modificaciones incorpora como fin de la Ley NĀ° 28036 āpromover la captaciĆ³n de talentos deportivosā y agrega nuevas funciones al Instituto Peruano del Deporte (IPD) para que pueda identificar talentos, estimular el desarrollo del deporte segĆŗn los tipos somĆ”ticos, promover el desarrollo de toda clase de disciplinas deportivas y difundir los logros obtenidos por los principales representantes del deporte nacional.
Asimismo, el dispositivo legal incorpora el artĆculo 19-A, que establece nuevas funciones para el Consejo del Deporte Escolar orientadas directamente a la promociĆ³n y el desarrollo del deporte en las escuelas del paĆs, entre ellas, promover campeonatos deportivos que garanticen la participaciĆ³n e integraciĆ³n entre instituciones educativas y la detecciĆ³n de talentos deportivos en coordinaciĆ³n con el IPD.
La ley precisa que estas funciones tambiĆ©n tienen como fin incentivar la participaciĆ³n de las selecciones nacionales escolares, impulsar, promover y brindar asistencia tĆ©cnica a los centros de educaciĆ³n bĆ”sica en coordinaciĆ³n con el Ministerio de EducaciĆ³n, promover y apoyar la construcciĆ³n y/o rehabilitaciĆ³n de la infraestructura y equipamiento escolares en coordinaciĆ³n con el PRONIED y el IPD.
Otra de las modificaciones, la del artĆculo 86, permitirĆ” la utilizaciĆ³n de los recursos del Fondo Pro Deporte Escolar, creado hace casi 15 aƱos, en beneficio del deporte en todas escuelas del paĆs para incentivar la participaciĆ³n en los Juegos Deportivos Escolares Nacionales y en los Juegos Sudamericanos Escolares, asĆ como la promociĆ³n de los atletas escolares en los diferentes torneos o competencias nacionales, internacionales y del ciclo olĆmpico.
En tanto, el artĆculo 26 dispone que las marcas, rĆ©cords y tĆtulos de todas las disciplinas deportivas a nivel escolar se inscriban en el Registro Nacional del Deporte (Renade), aspecto que contribuirĆ” a destacar los logros desde edades temprana y beneficiarĆ” los planes de desarrollo del deporte formativo.
Las modificaciones de la Ley NĀ° 28036 apuntan tambiĆ©n a regular diversos aspectos del deporte paralĆmpico, entre ellos que la AsociaciĆ³n Nacional ParalĆmpica del PerĆŗ (ANPPERĆ) se integre como miembro del Sistema Deportivo Nacional y que el IPD asuma la promociĆ³n del paradeporte y la implementaciĆ³n de infraestructura, accesos y equipos adecuados para la participaciĆ³n deportiva, recreativa y de educaciĆ³n fĆsica de personas con discapacidad fĆsica, visual e intelectual.
Por otro lado, la norma precisa los escenarios para la creaciĆ³n de grupos de trabajo en las Federaciones Deportivas Nacionales, lo cual mejora la regulaciĆ³n y las facultades del Consejo Directivo del IPD, asĆ como el funcionamiento del deporte federado. AdemĆ”s, seƱala que se considera deportistas calificados de alto nivel a los que reĆŗnan los requisitos que establezcan el IPD, las Federaciones Deportivas Nacionales, el ComitĆ© OlĆmpico Peruano y la ANPPERĆ.
Fuente y foto: Prensa IPD