Italo Villarreal y Rosa Pilar Rivera Ramos: Corrupción en el CPDP?

CORRUPCIƓN CIRCULISTA

05 de julio, 2019.- Italo Villarreal y su Junta Directiva Ilegal en Arequipa, continĆŗa usurpando Funciones a Nombre del Consejo Directivo Nacional del CĆ­rculo de Periodistas Deportivos del PerĆŗ.

Rosa Pilar Rivera Ramos, continúa usurpación funciones avalada y orquestada desde Lima por Italo Villarreal, el cual viene dirigiendo a un grupo de socios rebeldes que vienen desprestigiando a dicho gremio periodístico.

Esta vez La Liga Provincial de FĆŗtbol de Arequipa, institución que habrĆ­a prestado su local para las reuniones clandestinas de esta Junta Directiva Ilegal nombrado por Italo Villarreal, entregó trofeo en la Final de la Copa PerĆŗ a nombre del CĆ­rculo de Periodistas Deportivos del PerĆŗ – Filial Arequipa, una prueba mĆ”s que se suma a la USURPACIƓN DE FUNCIONES que realiza la supuesta periodista deportiva ROSA PILAR RIVERA RAMOS.

Ante este hecho nos enteramos que el Señor Miguel Portanova, presidente del Tribunal de Honor tiene esta Denuncia en su poder desde el mes de Abril y hasta el momento no se ha pronunciado con respecto a las investigaciones realizadas por el bien del respeto a la Institucionalidad de esta Prestigiosa Institución.

En este documento se detalla las innumerables faltas a los Estatutos y Leyes Constitucionales de nuestro país, que habría cometido Italo Villarreal en su intromisión irregular en perjuicio de los socios que conforman la Filial de Arequipa del Círculo de Periodistas Deportivos del Perú.

A continuación se hace pública la Carta - Denuncia Notarial que se remitió al Tribunal de Honor del Círculo de Periodistas Deportivos del Perú.

SUMILLA: Presento QUEJA-DENUNCIA
Arequipa, 30 de Marzo del 2019
Sr. MIGUEL PORTANOVA
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE HONOR DEL CPDP.
LIMA .-
XXXXXXXXXXXX Identificada con DNI XXXXXXXX, con domicilio en el XXXXXXXXXXX -Región Arequipa, Ante Ud. Me presento y digo:
Por medio de la presente me dirijo a su despacho para solicitar su intervención con referencia a los actos ilícitos por parte del Sr. ITALO VILLAREAL VASQUEZ, Presidente del Consejo Directivo del CPDP del Perú, en Agravio de CPDP-Filial Arequipa, exponiendo lo siguiente:
PETITORIO:
Que amparado en el Reglamento Interno del CĆ­rculo de Periodistas Deportivos del PerĆŗ Art. 77Āŗ.- Definición del Tribunal de Honor es el órgano encargado de conocer, investigar y acordar las sanciones por las faltas tipificadas en los incisos del Art. 76Āŗ, interpongo QUEJA- DENUNCIA en contra del Sr. ƍTALO VILLAREAL VASQUEZ, Presidente del Consejo Regional del CPDP del PerĆŗ, por conducta transgresora.
De acuerdo a los fundamentos de hechos de los dirigentes que incurran en falta al Reglamento y Estatutos de la Institución (Art. Art. 76º incisos c, f, g, i) (Art.26° Responsabilidad de los Directivos).
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO:
1.- Con fecha 28 de diciembre 2018, el Sr. ƍtalo Villarreal VĆ”squez emite un documento de Declaratoria en Emergencia y Reorganización al CPDP – Filial Arequipa, documento que no contiene ningĆŗn Asidero Legal y Motivación o Justificación que debe contener toda Resolución que se emite, y peor aĆŗn que no ha sido recibido por la Junta Directiva Vigente de la Filial Arequipa, para su Derecho a Defensa y Contradicción.
Este hecho que vulnera el respeto al debido proceso segĆŗn el Art. 139.3 de la Constitución PolĆ­tica del PerĆŗ que garantiza el cumplimiento de las normativas de orden pĆŗblico para la defensa adecuada ante cualquier acto que pueda afectar los derechos constitucionales, ya que no existe un pedido formal de al menos el 30% de socios que respalde dicha conducta para esta intromisión ilegal, trasgrediendo el Reglamento del CPDP, DE LOS CƍRCULOS AFILIADOS – Art. 40 le corresponderĆ­a tal vez la desafiliación al existir un causa justa y de ninguna manera una INTERVENCIƓN O INTROMISIƓN como malinterpreta el Sr. ƍtalo Villarreal, ademĆ”s en dicho documento involucra a 7 integrantes del Consejo Directivo, dando a entender el acuerdo tomado en Asamblea, incurriendo en falta a la veracidad de los hechos. Documento que no cuenta con las firmas correspondientes de los integrantes de su Junta Directiva y tampoco presenta las pruebas que respalden esta intromisión ilegal que contravienes al principio de la LEGALIDAD.
2.- El Sr. ƍtalo Villarreal VĆ”squez, nombra a su antojo a dos socios cuestionados a espaldas del CPDP - Filial Arequipa segĆŗn el Art. 76 inciso f), g), h), i), desconoce los acuerdos tomados de la Asamblea General - Filial Arequipa, sin embargo se cree con el derecho de difamar a los integrantes de la Junta Directiva anterior y actual en los medios de comunicación de la ciudad de Arequipa, difama a los integrantes de las Juntas directivas que fueron elegidos respetando las normativas y las Leyes actuales y cuentan con el respaldo de sus socios.
3.- Falta a la veracidad de los hechos, según el Art. 14 la convocatoria a una reunión si se puede realizar si se trata de un dominio público o interés institucional donde se requiera el pronunciamiento urgente de la Asamblea.
4.- SegĆŗn el CAPƍTULO IV – DE LOS ƓRGANOS DE GOBIERNO, Art. 8 Son órganos del Gobierno del CPDP, a) La Asamblea General y b) La Junta Directiva.
El Sr. ƍtalo Villarreal VĆ”squez, no respeta las decisiones de la Asamblea y no informa sus decisiones equivocadas a sus propios asociados e integrantes de su Junta Directiva.
5.- Con fecha 03 de enero 2019 el Sr. ƍtalo Villarreal VĆ”squez, presidente del CPDP emite la Resolución 002-2019 a sola Firma, nombrando a dos socios cuestionados como los encargados de recabar el dinero y la inscripción irregular para otorgar el carnet del CPDP, acto que constituya delito de Usurpación de Funciones y estafa. Contrario a la Segunda Disposición Final que indica que todo trĆ”mite debe ser realizado por la Filial Correspondiente, dado que esta Institución es autónoma.
6.- Que sobrepasando sus funciones, y cometiendo agravio Institucional en contra del CPDP-Filial Arequipa, avala que los dos Socios nombrados indebidamente por él, inicien un Proceso Eleccionario a espaldas de la Mayoría de Socios que conformamos la Institución, en claro objetivo de dividir y proceder dictatorialmente, no respetando la decisión DemocrÔtica por la cual fueron elegidos nuestros representantes directivos de manera Legitima y Legal, le adjunto copias del Proceso Eleccionario, para su conocimiento y Fines.
TRANSGRESION DE LOS ESTATUTOS DE NUESTRA INSTITUCION
1.- CAPITULO XIII: DE LAS FALTAS – Art.76°, inc. f) La participación directa o indirectamente en actividades ilegales o inmorales que desprestigien al CĆ­rculo, usando indebidamente el nombre y logo del CPDP para actos contra la fe pĆŗblica.
2.- CAPITULO II: DE LOS FINES Y OBJETIVOS
Art. 4Āŗ.-Fines. - Son fines del CĆ­rculo
c) Rechazar toda forma de violencia, discriminación, intolerancia y dependencia.
Art. 5Āŗ.- Objetivos. - Son objetivos del CĆ­rculo:
e) Fomentar el diƔlogo profesional, la solidaridad, respeto y camaraderƭa entre sus afiliados
f) Cautelar que sus agremiados realicen sus actividades profesionales con estricta observancia de principios morales y éticos, respeto a la dignidad de las personas y sujeción a la Constitución y Leyes de la República.
3.- CAPITULO IV: DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
Art. 8º.- Son órganos de gobierno del Círculo de Periodistas Deportivos del Perú:
a) La Asamblea General
b) La Junta Directiva
3.- Pero repasemos el Art. 25Āŗ.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del estatuto, los acuerdos adoptados por la Asamblea General y sus propios acuerdos.
4.- CAPITULO VII. DE LOS CIRCULOS AFILIADOS.
Art. 37º.- Igualdad de derechos y deberes. - Los socios de los círculos afiliados gozan de los mismos derechos y obligaciones de los afiliados a la sede central, ademÔs de los que señalen el estatuto y reglamento de su Círculo.
5.- Art.39Āŗ.-AutonomĆ­a en el funcionamiento. – Los CĆ­rculos Afiliados son autónomos en su funcionamiento.
6.- Art. 41Āŗ.- Derecho a asesorĆ­a. - A solicitud de un nĆŗmero de socios que represente no menos del treinta por ciento (30%) de afiliados, el C.P.D.P. podrĆ” brindar asesorĆ­a al CĆ­rculo Afiliado, para que recupere su normal funcionamiento. La Junta Directiva informarĆ” a la Asamblea General sobre el resultado.
7.- Art. 56Āŗ.- Obligaciones de los socios. - Son obligaciones de los socios:
a) Cumplir debidamente las disposiciones del estatuto, los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
e) Prestigiar al C.P.D.P. observando conducta honorable en sus actos profesionales y privados.
8.-CAPITULO XIII: DE LAS FALTAS – Art.76°
c) Faltar el respeto de palabra o acción a un socio o dirigente, dentro o fuera del local institucional
d) No desempeñar su labor periodística con sujeción a las normas éticas o los dispositivos legales vigentes.
f) La participación directa o indirectamente en actividades ilegales o inmorales que desprestigien al Círculo, usando indebidamente el nombre y logo del CPDP para actos contra la fe pública.
g) Iniciar directa o indirectamente campaƱa insidiosa dirigida a romper la unidad institucional.
i) Atribuir hechos punibles por los Estatutos, el Código de Ɖtica, Profesional y la Ley, sin sustento o falsas pruebas documentadas o testimoniales, contra socios, directivos o miembros del Tribunal de Honor.
MEDIOS PROBATORIOS:
1.- Copia de la Resolución declarando Reorganización del CPDP-Filial Arequipa.
2.- Copias de los Comunicados emitidos por los 02 Socios Disidentes.
3.- Copias del Proceso Eleccionario llevado a cabo en el CPDP-Filial Arequipa.
4.- Copias de las Publicaciones PeriodĆ­sticas realizadas por los 02 Socios.
5.- Y finalmente como medio probatorio, solicito el Acta de Acuerdo con las firmas correspondientes de la reunión realizada con los señores Carlos Basay (Filial Lima), Jorge Cabanillas (Filial Cajamarca), Percy Espino (Filial Lima), Miguel Portanova (Filial Lima), Jaime ReÔtegui (Filial Pucallpa), Y Hugo Montoya (Filial Ayacucho).
POR LO EXPUESTO:
Es que presento mi QUEJA-DENUNCIA, en contra del Sr. ƍtalo Villareal VĆ”squez, en mĆ©rito a los considerandos antes mencionados, y requiero que se sancione y de ser el caso se proceda a suspender en su cargo al Denunciado, y los socios disidentes, que vienen allanando el abuso en que incurre el Presidente del CPDP, debiendo de restablecerse y otorgar sus capacidades y facultades que la ley y el estatuto les dan en pleno derecho a los integrantes del Directorio del CPDP-Filial Arequipa.
Solicito a usted sea admitida la presente queja y tramitarla conforme a Ley.

Por: Irma Choque Cruz

ĀæPosible Contexto Delictivo?: Dinero, ya que cada aƱo los socios de las Filiales (21 en el PerĆŗ) de los CĆ­rculos de Periodistas Deportivos del PerĆŗ abonan 100 soles para su respectivo carnet circulista, donde en Arequipa 45 soles se queda en las provincias (CĆ­rculo Ilegal por Pilar Rivera) y 55 soles va hacia el Consejo Nacional Directivo donde su Presidente es Italo Villarreal, quien pregona siempre ā€œabrir las puertas del CĆ­rculoā€: Aumentando los socios -> generando mĆ”s carnets -> recabando mĆ”s dinero.

ĀæHabĆ­a problemas en la Filial Arequipa?: De ningĆŗn tipo, ya que hasta el momento la Ćŗnica excusa dada por Italo Villarreal fue el retraso de las Ćŗltimas elecciones, retraso creado en complicidad con Cesar Eugenio Condori Ɓlvarez quien fue nombrado Presidente de la ā€œComisión Reorganizadoraā€ para que luego le fuera otorgado el cargo de ā€œTesoreroā€ de esta Directiva Ilegal. Directivos que parecen mĆ”s que amigos, hermanitos de la Corrupción.

Publicado el viernes 5 de julio, 2019 a las 12:31

Última actualización el el viernes 5 de julio, 2019 a las 12:31

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